Enfermedad Profesional
NOTA: Estos derechos pueden ser reclamados por el trabajador aun durante la vigencia de contrato de trabajo.
Si usted o un familiar ha sufrido una enfermedad profesional debe saber que el Código de Trabajo obliga al patrono a pagar de forma inmediata lo siguiente:
- Gastos médicos y quirúrgicos.
- Administración de medicamentos y material de curación.
- Indemnizaciones económicas derivadas de una incapacidad parcial o total permanente.
- Gastos de traslado y hospitalización que demanden hospedaje y alimentación.
Pero que es una “Enfermedad Profesional”: Según nuestra Ley laboral las enfermedades profesionales son todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos.
Los Abogados de “Defensa de Trabajador” están listos para asesorarte y reclamar tus derechos, o los de tu ser querido, ante el sufrimiento de una enfermedad profesional. También pueden ser consideradas como enfermedades profesionales las endémicas o epidémicas de la región cuando se adquieren por los trabajadores encargados de combatirlas por razón de su profesión u oficio.